sábado, 17 de enero de 2015

BIC no es solo la marca de los bolígrafos...

En estas fechas me parece de lo más oportuno presentar este concepto y enseguida os diré por qué. Anteriormente realizamos la página "patrimonio y ley" para aquellos interesados en el campo legislativo sobre la protección del patrimonio pero siempre hay conceptos que se pueden ampliar y en este caso son las categorías de protección que puede recibir un bien patrimonial, ya sea una pieza arqueológica, el yacimiento al completo, una ciudad o conjunto histórico etc etc.

Son 4 los niveles de protección que podemos establecer y los enumeraremos de menos a más:

- Bienes no registrados: bienes integrantes del patrimonio cultural por el mero hecho de serlo, es decir, tratamos de protegerlos y a ser posible fomentamos su catalogación para que sea protegido de cara a su inclusión en uno de los 3 niveles siguientes

- Bienes inventariados: entran a formar parte del inventario de bienes culturales

- Bienes catalogados: los incluimos en el catálogo del patrimonio cultural

Estos dos últimos corresponden a un nivel de protección intermedio, y aunque a priori parezcan lo mismo con nombre diferente no lo es, pues los inventarios suelen a hacer referencia a objetos muebles (se pueden desplazar) y el catálogo a elementos inmuebles (por ejemplo un edificio de carácter monumental)

- Bienes de interés cultural (BIC): esta es la categoría máxima de protección jurídica, estamos hablando de piezas o conjuntos que por su elevada trascendencia son intocables, no pueden venderse ni modificarse ni expoliarse y sus propietarios están obligados a conservarlos.

La declaración de un bien cultural como BIC es un proceso que requiere de una incoación o iniciación por parte de la persona o institución interesada tras la cual comienzan los trámites de valoración y estudio para comprobar si el candidato merece ser seleccionado como Bien de Interés Cultural con las correspondientes protecciones jurídicas que conlleva.

Dentro de los BIC aparecen diferentes categorías, a nosotros para la presente entrada nos interesa la de jardines históricos, y es que Murcia se encuentra pendiente de saber si el jardín de Floridablanca es declarado jardín histórico y en consecuencia Bien de Interés Cultural, es por ello que el Museo de la Ciudad en su facebook nos deleita con dos imágenes: a obra, perteneciente a la colección municipal, de Francisco Folch de Cardona, en la que D. José Moñino, Conde de Floridablanca, recibe los planos con los proyectos urbanísticos que llevó a cabo como ministro de Carlos III y una fotografía antigua del jardín. Disfrútenlas y mucha suerte para nuestro querido jardín!!!

Fuente: Facebook del Museo de la Ciudad

Fuente: Facebook del Museo de la Ciudad

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